viernes, 11 de marzo de 2011

SESIÓN DEL 10 DE MARZO

En la Sesión del día de ayer se aprobó una adenda al contrato de concesión que tiene la Municipalidad Distrital de Barranco con el Instituto de Arte Contemporáneo, el mismo que fue aprobado por 5 votos a favor y dos en contra de su servidor y el regidor José Alberto Ramírez, por considerar que un tema tan sensible no se puede definir sin tener toda la información y sin hacer partícipe a la colectividad de esta decisión.


miércoles, 2 de marzo de 2011

Comite de Seguridad Ciudadana de Barranco

El regidor Ramirez nos alcanzo esta mañana la resolución de conformación del comité de Seguridad Ciudadana de Barranco.


lunes, 21 de febrero de 2011

Se abrió investigación a Mezarina

La 45ª fiscalia especializada en delitos contra el patrimonio inicio investigación contra Mezarina por el delito contra el Parque Municipal de Barranco (Ambiente Urbano Municipal), aquí pueden ver las denuncias hechas en su momento por el ahora regidor Ayulo, representante de Decisión Ciudadana. (Decisión Ciudadana blog)



jueves, 17 de febrero de 2011

Descansa en paz Marcelo!!!

Estimados amigos, comparto con ustedes el pesar por la comunicación del sensible fallecimiento de nuestro amigo y vecino Marcelo Rebaza, incansable luchador vecinal que todos extrañaremos, una pérdida irreparable no solamente para sus familiares, sino para nuestro distrito; pero su recuerdo y ejemplo vivirá siempre con nosotros.


Descansa en paz Marcelo!!!

miércoles, 9 de febrero de 2011

miércoles, 2 de febrero de 2011

Petición a regidor de Barranco

Estimados amigos y amigas, una de las funciones principales de los regidores, de acuerdo a las normas vigentes, es mantener comunicación con los vecinos y organizaciones del distrito, a fin de informar al Concejo y proponer soluciones (Inc. 6 del Art. 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades).


A muchos les puede haber pasado, como algunos me lo han hecho saber, que han conversado con regidores, y su experiencia ha quedado solamente en ese intercambio de palabras, por lo cual, para evitar ello, existe el DERECHO DE PETICIÓN ADMINSTRATIVA.


Mediante este derecho, regulado por la Constitución (Inc. 20 del Art. 2º) y la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General (Inc. 106.1 del Art. 106), la persona a quien se remite tiene la obligación de responder en el plazo legal, que se entiende es de 30 días útiles, de acuerdo a la última de las normas citadas.


Si desean saber más de este derecho, puede consultar las normas señaladas o ingresar al link: http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2003/01042-2002-AA.html

Saludos cordiales,

Petición a regidor de Barranco